DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin lugar el recurso de apelación formalizado por el Abogado LENIN DANIEL MENDEZ VERSATEGUI, contra la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Juicio No. 2 de este Circuito Judicial Penal, al no verificarse la inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica, específicamente del artículo 375 de la norma adjetiva Penal. SEGUNDO: Se confirma en cada una de sus partes la decisión apelada. TERCERO: Al margen de la decisión de fondo dictada, se exhorta al Tribunal de Instancia, que una vez firme la presente decisión, sea remitida sin dilación, la causa al Tribunal de Ejecución, a los fines del establecimiento de forma y cumplimiento de pena, toda vez que esta Corte constató que el acusado de auto, fue privado de libertad el veintiuno (2.....