Este Tribunal en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA DECLINAR LA COMPATENCIA, al Tribunal en función de Ejecución de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión territorial Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 614, 629, 630, 646 y 647 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; a fin de que controle y vigile el cumplimiento de la sanción impuesta al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA); ampliamente identificado en autos. Se ordena remitir la presente causa en su estado original, al Juzgado ut supra mencionado, a los fines legales pertinentes. Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez de Ejecución (Temp)
Abog. Ingrid Castro Bonalde.