Este tribunal a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente sobre la admisibilidad observa:
Que el presente procedimiento versa sobre una solicitud de jurisdicción no contenciosa mediante el cual la solicitante pretenden que este Juzgador la declare, como Única y Universal Heredera del de cujus Juan Del Valle Zamora Lira, quien fue venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° V-8.887.764, y falleciera en fecha 02 de abril de 2011, a consecuencia de INFARTO AL MIOCARDIO HIPERTENSION ARTERIAL SEVERA, tal como se desprende del acta de defunción anexada en copia a la presente solicitud.
Que la solicitante declara en su escrito que actúa en su propio nombre con el carácter de concubina, sin constar en autos documento público administrativo o resolución que acredite el carácter que se atribuye; circunstancias estas que conllevan a este Juzgador declarar inadmisible la solicitud en el dispositivo del fallo.-
Por todos los razonamientos antes expuestos este tri.....