Por todas las razones antes expuestas este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la oposición ejercida por el ciudadano JOSE JAVIER MARTIN SOTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-8.933.530, representante legal de la SOCIEDAD MERCANTIL AUTO ACCESORIOS FULL CARRO C.A., identificada en autos y parte demandada. En consecuencia de ello, se CONFIRMA LA MEDIDA DE SECUESTRO decretada en fecha 20/09/2019 sobre el local comercial constituido por un (01) local comercial ubicado en la Avenida Uno, Urbanización Unare II, Sector 2, distinguido con el Nro. 25-A, planta baja, parroquia Unare, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar en los mismos términos en que fue decretada.