este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento efectuado entre las partes en la Demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, interpuesta por el ciudadano ANTONIO CARMELO PREVITE INSANA, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 8.894.950, debidamente asistido por la ciudadana Silvana Silva Castro, Abogada en Ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 132.634, en contra del ciudadano: PIETRO DOMENICO PREVITE INSANA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.556.128, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.