Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA:
Primero: Nulo y en consecuencia se revoca el embargo preventivo practicado por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipio Heres del Estado Bolívar e Independencia del Estado Anzoátegui de este mismo Circuito y Circunscripción Judicial, recaído sobre el depósito existente en la cuenta de ahorro N° 01210135050102808217, perteneciente al demandado en la entidad financiera CORP BANCA, C.A., BANCO UNIVERSAL, por la suma de dos mil ciento un bolívares con treinta y nueve céntimos (Bs. 2.101,39), ordenándose remitir en forma perentoria a la entidad financiera mencionada, el respectivo cheque de gerencia remitido a este Tribunal por el Juzgado Ejecutor de Medidas a los fines de que sea depositada dicha suma en la cuenta de ahorro identificada, sin perjuicio de la f.....