En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Ha lugar a la partición de la comunidad conyugal existente entre los ciudadanos JUAN CARLOS RODRIGUEZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.277.475, domiciliado en la cuarta avenida, entre calles 21 y 22, casa N° 21-17, sector Guayabal, municipio Independencia estado Yaracuy, asistido por el abogado OMAR ANTONIO GONZALEZ PEREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 68.080, y la ciudadana VERONICA DEL VALLE ROJAS LUCENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.076.315, domiciliada en la Urbanización 24 de julio, calle N° 8, casa N° 6,municipio Independencia, estado Yaracuy, representada por la abogada, VEILA ANGUL.....