Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del recurso ordinario de apelación interpuesto por las accionantes opositoras ciudadanas LILA ARTEAGA, JOSEFINA ARTEAGA y CRISTINA ARTEAGA, antes identificadas, representadas por el abogado PEDRO JOSÉ CAÑAS MÉNDEZ, igualmente identificado, contra la decisión emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de fecha trece (13) de agosto del año dos mil nueve (2009), en atención a lo dispuesto en el Artículo 240 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por las accionantes oposito.....