este Tribunal Cuarto de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley CONDENA a los acusados Carlos Enrique Perdomo Bolívar, Venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 14-07-1982, de 22 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-17.792.422, Minero, residenciado en las Minas del Guaniamo El Milagro calle Principal cerca del Comando de la Guardia. Y Abraham de Jesús Infante, Venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 14-04-1977, de 27 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-15.252.714, técnico en electrónica, residenciado en el las Minas del Guaniamo El Milagro calle Principal al lado del Comando de la Guardia Nacional, a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES de prisión más las accesorias legales, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO tipificado en el artículo 453 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana .....