1. Esta Juzgadora establece que en el folio 243 de la pieza 3, exactamente en el primer párrafo debe decir (sic...) "los abogados en ejercicio ciudadanos (as): MARILYN MEDRANO RODRIGUEZ, MARIANA GARCIA y SOLIMAR ARMAS, inpreabogado Nros 15.092, 99.033 y 93.397, respectivamente y de este domicilio, apoderados judiciales de la Co-demandada MARISOL DE JESUS GOMEZ FLORES, titular de la cédula de identidad números: V-5.525.237 y los abogados JOSE ANGEL ARAGUAYAN CAMPOS, JOSE ANGEL ARAGUAYAN HERNANDEZ y FREDDY GONZALEZ, Inpreabogado Nros: 67.852, 13.246 y 80.208, en sus carácter de Coapoderados del ciudadano ARMANDO CELESTINO MARTINEZ, titular de la cédula de identidad número: V.5.525.237...", por lo que, en consecuencia, se corrige la omisión incurrida en la aludida decisión de fecha 28/01/2014, dictada por este tribunal en esta causa, y así se establece.
2. Esta Juzgadora establece que en el folio 243 de la pieza 3, exactamente en el segundo párrafo debe decir MOTIVO: APELACIÓN CONTRA L.....