Este Tribunal Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO SOBRE BIENES MUEBLES PROPIEDAD DEL DEMANDADO, ciudadano FERNANDO EUSEBIO CUESTA, identificado en autos, hasta cubrir la suma de CIENTO CINCO MIL DOSCIENTOS OCHO BOLIVARES CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 105.208,40), que comprende el doble de las sumas demandadas, es decir: la suma principal demandada, (Bs. 52.500, oo), los Intereses de mora calculados a la tasa del 5% anual, (Bs. 104,20), más las costas procesales calculadas en un veinticinco por ciento (25%) que corresponde a la suma de TRECE MIL CIENTO CINCUENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON CINCO CENTIMOS (Bs. 13.151,05), del monto principal demandado. En caso que el embargo recayera sobre cantidades de dinero, el monto ha embargar será la suma de CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bsf......