En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la apelación de fecha 01 de Diciembre de 2011, interpuesta por el abogado JOSE TABARES, apoderado judicial de la ciudadana MARLENY DEL VALLE MENDOZA, en contra del auto de fecha 23 de Noviembre 2011, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo de la incidencia surgida en la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, presentado por los ciudadanos JULIO RAMON REYES MACABITO y MARLENY DEL VALLE MENDOZA. En consecuencia se le ordena al Juez a-quo a oficiar lo conducente a fin de que se corrija el error incurrido.....