Con fundamento a las razones precedentemente expuesta, este Juzgado Primero (1º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara La Perención de la Instancia, en el presente Juicio por Solicitud de Partición de Bienes Sucesorales de Manera Amistosa, incoada por la Ciudadana: NIEVES MARIA MANRIQUE, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, debidamente inscrita en el Instituto de Provisión Social del Abogado bajo el Nº.78.660, actuando en este acto en su carácter de abogada apoderada Judicial de los ciudadanos: OSCAR MUÑOZ CARRERA, LEOVA DE JESUS MUÑOZ CARRERA, ANGELICA MUÑOZ DE MENESES, CARMEN MARIA MUÑOZ DE GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº-V-1.593.644, Nº V-4.697.969, Nº V-2.792.690, Nº V-1.948.472, y de este domicili.....