En consecuencia por lo anteriormente señalado este Tribunal de Control N° 04 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA: PRIMERO : vista la solicitud de la Fiscalía Décimo Sexta del Ministerio Público, se decreta a favor del ciudadano Yorman José Peña Sánchez, una Medida de Seguridad, de conformidad con lo establecido en el artículo 128, 130, 131, y 132 de la Ley Orgánica de Drogas, por considerar que la droga encontrada en su poder por los funcionarios actuantes constituye lo que la Ley denomina una dosis personal, consistente en cura y desintoxicación, la cual consiste en someterse al Tratamiento médico especializado en la ONA (oficina Nacional Antidrogas), de esta ciudad de Mérida, estado Mérida, durante el lapso de tiempo de un (01) año, contados a partir de la presente fecha, a fin de que reciba tratamiento médico especializado, para tratar su adicción a las Drogas, d.....