En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Bancario, de Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho ejercido por el ciudadano Jorge Nicolás Guevara Marcano, en su carácter de presidente de la sociedad mercantil Calcinados Calca, C.A., debidamente asistido por el abogado Néstor Rafael Martínez Gómez, contra la decisión dictada en fecha 12/05/2021 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil de esta misma circunscripción judicial, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato, sigue la sociedad mercantil P.B.P, C.A., en contra de la sociedad de comercio CALCINADOS CALCA, C.A.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADO el auto recurrido fechado 12/05/2021, dictado por el a quo, según los razonamientos aquí expuestos.
TERCERO: Se ordena la notificación de conf.....