En fecha 14/02/2011, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: se HOMOLOGA el desistimiento de la Acción de Amparo, presentada ante este Tribunal en fecha 11 de febrero de 2011, por la ciudadana ROSANGELA NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.164.408, Parte Accionante, asistida por la ciudadana SAMIERA NASSER DE AMAYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.879.598, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro 124.631. Se ordena el Archivo del presente Asunto.