Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara que NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR, en cuanto al presente recurso contencioso tributario interpuesto, mediante escrito de fecha 19 de julio de 2010, por los Abogados Ismael Ramírez Pérez y Manuel Alejandro Domínguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 6.453.175 y 17.883.957 respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 30.837 y 132.747, correlativamente, representantes judiciales de la empresa SIDOR, C.A., domiciliada en la Zona Industrial Matanzas, Planta SIDOR, Edificio Administrativo II, Piso 4, Dirección Legal de SIDOR, Matanzas, Puerto Ordaz, Estado Bolívar, inscrita en el Registro de Información Fiscal (R.I.F.) Nº J-00041391-6, contra la Resolució.....