este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, apreciando el superior interés de los beneficiarios, su derecho a disfrutar de un adecuado nivel de vida y subsistencia, concede: AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana: ALMAONA DE FREITAS URBINA, ya identificada, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código Civil, concordancia con el artículo 910 del Código de Procedimiento Civil, y por tener la competencia legal requerida por la norma del artículo 177, Parágrafo segundo, literal "E" de la LOPNA, para que en nombre y representación de los derechos de su nombrados hijos, realice los tramites concernientes a la venta de un inmueble (casa) ubicado en el Sector 5, vereda 64, casa Nº 07, de la Urbanización El Perú, en Ciudad Bolívar, Municipio Heres, del Estado Bolívar, con los siguientes linderos; NORTE: En una longitud de quince metros con cincuenta centímetros (15,50 Mts.), limita con la casa Nº 05, de la v.....