Por todos los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE LUGAR LA DEMANDA por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesta por el ciudadano: ROBERTO ANTONIO OROZCO FERNANDEZ, en contra de la empresa TIGRE MOTOR GUAYANA, S.A., ambas partes identificadas en autos, por lo que se condena a la demandada al pago de Bs. 15.410.297,00, su equivalente en Bolívares Fuertes, discriminados de la siguiente manera:
1°) Antigüedad, articulo 108 L.O.T. = Bs. 12.705.900,00.
2°) Bono de Antigüedad = Bs. 861.417,00
3°) Vacaciones Anuales (2005) = Bs. 113.293,04.
4°) Bono Vacacional (2005) = Bs. 129.618,16.
5°) Vacaciones Fraccionadas (2006) = Bs. 119.798,94.
6°) Bono Vacacional Fraccionado (2006) = Bs. 71.951,32.
7°) Utilidades Anuales (2005) = Bs. 644.352,60.
8°) Utilidades A.....