Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, al DESISTIMIENTO presentado en fecha 09 de Enero de 2018, por el ciudadano OSCAR EDUARDO SILVA CUDJOE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 54.750; actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana MARCELA CARABALLO DE ZAVALA, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.486.355 Parte actora en el juicio por AMPARO POSESORIO incoara contra los ciudadanos GRETA YOLIDAY GUANA Y LUIS TORO MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nºs V-6.670.949 y V-12.687.145 respectivamente, parte demandada, ampliamente identificados, todo ello de conformidad con las disposiciones legales citadas y .....