Vista la solicitud planteada de Autorización Judicial, analizado los recaudos acompañados y los hechos que dan motivo a la pretensión propuesta; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Ciudad Bolívar DECLARA CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL propuesta por la ciudadana: YUSLEIDA JOSEFINA GUZMÁN COA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad Nº V-13.657.486, en su condición de madre y representante legal de su hijo, en consecuencia, se acuerda:
PRIMERO: Se autoriza a la ciudadana: YUSLEIDA JOSEFINA GUZMÁN COA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad Nº V-13.657.486, para gestionar y tramitar ante los Organismos Competentes, la Inserción de Actas de Registro Civil, los dos (02) apellidos maternos, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 238 del Código Civil vigente, en el Acta d.....