Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana ANA FRANCISCA MENDEZ, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.892.020, falleció el día 28/08/2.022, en su casa familiar ubicada en Unare I, Rico Yocoima, Manzana E, casa 8 de Puerto Ordaz, Municipio Caroní del estado Bolívar a consecuencia de SEPSIS DE PARTE BLANDAS, ESCARA SACRO, ENFERMEDAD CEREBRO VASCULAR HIPERTENSION ARTERIAL, segú.....