En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la defensa de Prescripción de la acción alegada por la parte demandada Motel Cocotal, C.A.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la defensa perentoria de fondo de alegada por la parte demandada Motel Cocotal, C.A.
TERCERO: DECLARA SIN LUGAR la demanda por INDEMNIZACION POR DAÑOS MORAL incoada por la ciudadana DAMELIS DE SOUSA en contra del MOTEL COCOTAL, C.A, plenamente identificados en el Capítulo I del presente fallo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza del fallo.-
Y así se decide de conformidad con lo establecido en los artículos 26, 49 ordinal 1ro, 26, 253, 257, 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en co.....