En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la Medida de Suspensión Provisional de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 2019-00019, dictada el 11 de febrero 2019, por la INSPECTORIA DEL TRABAJO de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, mediante la cual declaró SIN LUGAR la Solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, mientras se dicte sentencia definitiva en el presente juicio.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la INSPECTORIA DEL TRABAJO DE CUIDAD BOLÍVAR, ESTADO BOLÍVAR y al BANCO BICENTENARIO DEL PUEBLO, BANCO UNIVERSAL, C.A., a fin de notificarle acerca de la suspensión de efectos acordada del acto recurrido.