Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la empresa SOCIEDAD VENEZOLANA DE ELECTRIFICACIÓN Y MONTAJE, C.A. (SVEMCA), contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia NULA la Providencia Administrativa Nº 01-131 dictada el veinticuatro (24) de septiembre de 2001 por la Inspectoría del Trabajo de la Zona del Hierro de Puerto Ordaz, mediante la cual se declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos de los ciudadanos Carlos Rodríguez Zurita, Luis Salvador Flores, Teofilo Cortez, Luis Vicente Negrin, José Rafael Martínez, Jean Carlos Ortiz, Humberto Alfonso Carrillo, Filoteo Ciro Banguerra, Luis Ramón Santamaría, de la Cruz Maita de los Santos, Lino Montecino, Roberto Morez Rodríguez, Juan Alberto García, Jhon Jairo Franco Loaiza, Victor José Narváez, José Enrique Rivas, Frank Antonio Arrioja, Eli Ramón Acosta, Fernando José Suárez, José Miguel Baldivian, Aureliano Valencia y otros.