En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de DIVORCIO fundada en el artículo 185, numeral 3ro del Código Civil, presentada por el ciudadano JUAN GILBERTO AGUIAR CARRASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.721.216, domiciliado en la calle principal, casa s/n, del sector El Pantano, municipio Nirgua del estado Yaracuy, debidamente asistido por el abogado OSCAR MOISÉS JIMÉNEZ SEQUERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 154.116,contra la ciudadana YUSMELY CAROLINA NODA PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.660.587, domiciliada en la vía Los Veras, familia Nodas Villegas, comunidad Cabo Blanco, sector Laguna Grande, municipio.....