Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Resolución del Contrato de Venta con reserva de dominio celebrado entre las partes, en fecha 12-07-2013 ; sobre un vehículo usado, Marca TOYOTA, Modelo COASTER, Año 2001, Color BLANCO, Clase: MINIBUS, Serial de Carrocería JTGFH518913000019, Serial del Motor, 15B1653176, Tipo MINUBUS, Uso Particular, Placas A26AK2D , Que sigue, el Ciudadano WLMAR RICARDO CASTELLANO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédulas de identidad Nº V- 17.047.099., contra el ciudadano ANDRES ALBERTO GIL, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.168.362 de este domicilio.-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a restituir el vehículo .....