DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la Acción de Amparo Constitucional presentada, por el ciudadano ESTEBAN FRANCISCO SÁNCHEZ CALZADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.675.313, domiciliado en la calle 32 entre segunda avenida y vía intercomunal con panamericana, sector sabaneta local/casa s/n°, en jurisdicción del municipio Independencia, estado Yaracuy, contra la ciudadana ROSXY MARTÍNEZ ESCUDERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.052.055, residenciada en la calle 13, entre avenidas 5 y 6, edificio registro principal, planta alta, oficina 5, municipio san Felipe estado Yaracuy.
SEGUNDO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional presentada, por el ciudadano ESTEBAN FRANCISCO SÁNCHEZ CALZADILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.675.313, domiciliado en la calle 32 entre segunda avenida y vía intercomunal con panamericana, sector sabaneta local/casa s/n°, en jurisdicción del .....