Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del fallecido ciudadano LUIS MANUEL CHANG ROMERO, quien era venezolano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.148.734, falleció el día 28/08/2021, en el Hospital DR. RAUL LEONI de San Félix del Municipio Caroní, Estado Bolívar, a consecuencia de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA BAJA NEUMONIA A FOCOS MULTIPLES, SOSPECHAS DE SARS COV2, según acta de defunción Nro. 1228; a los ciudadanos c.....