NIEGA LA ADMISIÓN de la presente demanda de DIVORCIO, incoada por la abogada MARIA GABRIELA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-14.956.002, e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 173.101, domiciliada en la Avenida 7 con calle 7 Edificio Gloria, Sector Centro Municipio Nirgua estado Yaracuy, quien dice actuar como apoderada judicial del ciudadano NEX JESUS MEDINA PEÑA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.324.177, contra la ciudadana DORALIS MARIA GONZALEZ VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-13.105.935.
No hay condenatoria en costas, en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en el Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en San Felipe, a los treinta (30) .....