Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la Apelación interpuesta por la ciudadana ANDREA FERNANDA ACUÑA ARVELO, apoderada judicial de la parte demandada recurrente COMPAÑÍA ANONINA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), en contra del auto de admisión de pruebas de fecha veintitrés (23) de abril de 2010, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA el referido auto por las razones expuestas ampliamente en este fallo.
TERCERO No hay condenatoria en costas, dadas las características de la presente decisión.
CUARTO: se ordena la remisión de las present.....