Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, CON SEDE EN LA CIUDAD DE PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Oposición formulada por el ciudadano REINALDO ROJAS, asistido por el abogado en ejercicio GUILLERMO PEÑA GUERRA, ambos identificados en autos, contra la medida cautelar de suspensión de efectos decretada por este Tribunal Superior el 16 de diciembre de 2017,
SEGUNDO: Se RATIFICA la medida de suspensión provisional de los efectos de la Providencia Administrativa Nº 2016-00409, de fecha 11 de octubre de 2016, dictada por el Inspectoría del Trabajo Alfredo Maneiro de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, en el procedimiento por denuncia de violación de derecho al trabajo, llevado en el expediente Nro. 051-2016-01-0082, mediante la cual se declaró CON LUGAR la denunc.....