En virtud de lo anterior y aplicando la doctrina y jurisprudencia, así como la normativa aplicable al caso en estudio, a esta Alzada le resulta forzoso declarar CON LUGAR, el Recurso de Apelación, interpuesto por el profesional del derecho, ciudadano OSCAR RODRIGUEZ MAST, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil, CONSORCIO PROMOTING, C.A., en contra de la decisión dictada en fecha siete (07) de junio de dos mil dieciséis (2016), por el Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en consecuencia SE REVOCA el fallo recurrido y se declara CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD contra la Providencia Administrativa Nº 2011-00252 de fecha veinte (20) de mayo del año dos mil once (2011), solo en lo que concierne a los efectos de ésta sobre los ciudadanos DAVID JOSE URBANO GONZALES, EDEL JOSE YEGUES REINA Y JEAN PIERRE FRANCOIS RODRIGUEZ, portador.....