Este Juzgado Segundo de Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano Joaquin Prazeres Ferreira, de nacionalidad portugués, mayor de edad, con cédula de identidad N° E-492.513, contra la UNIDAD DE INQUILINATO DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLIVAR, y se acuerda la devolución de los documentos originales a la parte actora, previa certificación en autos .-
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en Ciudad Bolívar, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil once. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-