Este Tribunal en fuerza de las consideraciones expuesta, y Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio contraído por los ciudadanos: MANUEL JOSE TORREALBA QUIÑONEZ y JANETH COROMOTO RIVAS DE TORREALBA, por ante la Prefectura, del Municipio Heres del Estado Bolívar, en fecha 14 de febrero del año 1991, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio N°.34, inserta en el libro 1, Tomo M1, folio111 del Libro de matrimonio Civil que llevado por la prefectura durante el año 1991,