CON LUGAR, DEMANDA incoada por EUNICE JOSEFINA DELGADO DE FIGUERA contra la ciudadana CRUZ MARÍA CASTILLO. En consecuencia se condena a la demandada a restituir a la actora el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el nro. 22-C, situado en el piso 1, bloque 1-8-C ubicación La Paragua, sector 1, avenida Libertador de Ciudad Bolívar, con el nro. catastral 06-02-01-186 cuyos linderos son NORTE: Con fachada norte del edifico 1 - 8, SUR: Con la fachada sur del edificio 1 ¿ 8, ESTE: Con la escalera común del cuerpo 1 ¿ 8 y OESTE: Con apartamento No. 21 del cuerpo 1 -8-B. Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencida totalmente.
Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 06 de agosto del 2008 por el Tribunal Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta.