Se dicta decisión mediante la cual se ADMITE, a trámite, la QUERELLA interpuesta por la ciudadana MARTHA CUDJOE de SILVA, venezolana, titular de la cédula de identidad personal N V-3.656.455, quien adquiere la cualidad procesal de QUERELLANTE, asistido por el Abogado FERNANDO ANDRADE SIERRA, abogado en el libre ejercicio de la profesión, inscritos en el IPSA bajo el Nº 4.532, en contra del ciudadano NOEL TORRES ALCALA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.701.661. En consecuencia, se ordenó notificar a la QUERELLANTE y al QUERELLADO. Remitiéndose las actuaciones originales a la Fiscalia Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, son sede en Ciudad Bolívar.-