PERECIDO el recurso de apelación intentado por la abogada MARIOLY VARGAS, inscrita en el IPSA bajo el Nº 131.912, actuando con el carácter de apoderada judicial de la empresa CONSTRUCCIONES 2 EB C.A, inscrita inicialmente por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción del Estado Bolívar, en fecha 17 de septiembre de 2001, bajo el Nº 52, Tomo 53-A-Pro, y posteriormente en fecha 24 de Mayo de 2007, registrada bajo el Numero 77, Tomo 28-A-Pro, contra la Sentencia de fecha 23 de Abril de 2015, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz.