Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por la ciudadana SUNI BELEN MARTINEZ MOLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-26.154.912, abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el N° 283.459, actuando en su carácter de representación con poder especial amplio y suficiente conferido por la ciudadana SANDRA NARSHA CARRERA ANDRADE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.909.052, domiciliada en Estados Unidos, cuyo poder se encuentra debidamente apostillado por la Notaria Pública del Estado de Florida y certificado en Tallahassee, Florida el 21 de Febrero del 2023, por el secretario de dicha entidad N° 2023-34.....