Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano EJAAZ JOSUE HANIFF, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.587.252, debidamente asistido por el ciudadano BLADIMIR VIVENES, abogado en ejercicio e inscrito en el IPSA bajo el N° 61.342, contra la ciudadana GÉNESIS ELOISA VILLANUEVA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.612.727; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha Primero (1°) de Julio de 2022, por ante el Registro Civil del Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio anotada bajo el Nro. 730, L.....