Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Pedro Padre Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal, y como consecuencia de ello, se da por terminado el presente procedimiento, que por Obligación de Manutención, incoara la Ciudadana: Amarilis Desiree Colmenares Fernández, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-18.336.945, a favor de sus hijos; contra el Ciudadano: Carlos Wilfredo Vera Hurtado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-18.336.052, y de este domicilio.
Publíquese, regístrese y déjese copias certificadas de la presente decisión en el respectivo copiador, conforme a lo estipulado en el artículo 248 del Código de Proced.....