CAPÍTULO IV
DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado
Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo
dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 256, en concordancia con el
artículo 253, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,
HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos expuestos por ambas partes
Johana Lezama, actuando como apoderada de la parte actora, la sociedad de
comercio INMOBILIARIA SCARCIA, CA, en su condición de mandataria de la
propietaria, la sociedad mercantil HERRASTAMP, HERRAJES Y ESTAMPADOS,
C.A, C.A y la sociedad mercantil Angie la Perfección de la Belleza, C.A, por su
presidente Roger Alexander Andara Rojas, debidamente asistido por el profesional
del Derecho José Miguel Guevara Mora, inscrito en .....