Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de PRocedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienehchurías fomentadas en terrenos Municipales, con una superficie de 352,68 Mts.2, ubicada en el Barrio Cantarrana, Tercera Avenida del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, alinderada así: Norte: Tercera (3) Avenida, su frente; Sur; Propiedad Jose Antonio Barradas; Este; Calle 3, casa de Guillermina Pereira y Oeste: Calle 4, casa de Ana Asilda, con una superficie de 352,68 Mts2, a favor del ciudadano: HECTOR ANTONIO PETIT APONTE, titular de la Cédula de IDentidad N° 7.505.666.