CAPITULO VI
DISPOSITIVA:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por acción mero declarativa de la existencia de la unión concubinaria incoada por la ciudadana Inés Elisa Olivares López, en contra del ciudadano Juan Carlos Chirinos, señalando como fecha de inicio desde el 11 de febrero de 2011 hasta el 08 de diciembre de 2020.
SEGUNDO: Se ordena la notificación de la presente decisión a las partes, de conformidad con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense boletas.
TERCERO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia certificada de esta decisión, no obstante será publicada en el portal Wed oficial del Tribunal.....