en consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a la ciudadana EMARY CAROLINA BONITO VIUDA DE TORTOLERO, titular de la cédula de identidad Nº 18.052.662, y a los niños Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, nacidos en fechas 17 de mayo de 2004, 10 de marzo de 2005 y 29 de diciembre de 2008 respectivamente, UNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus LEONARDO RAFAEL TORTOLERO LEON, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.953.419, de profesión Militar, fallecido ab-intestato en fecha 03 de mayo de 2009, sin perjuicio de los terceros con iguales o mejores derechos.
Devuélvase los originales con sus resultas a la solicitante y déjese copia fotostática certificada en el archivo de este Tribunal.