DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de los ciudadanos DIGNA VICENTA COLINA PEÑA, CARLOS RAMÓN SÁNCHEZ GARCÍA, YENIFER MARIANNY SÁNCHEZ COLINA y YEXIRETH MARÍA SÁNCHEZ COLINA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad N° 7.554.533, 3.910.570, 24.002.333 y 26.602.614 respectivamente, asistidos los solicitantes, antes mencionados e identificados, del abogado FRANCISCO J. TORREALBA R., Inpreabogado N° 67.806; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide ciento veintiséis metros cuadrados con veinte centímetros cuadrados (126,20 m2); con un área de construcción que mide ochenta y un metros cuadrados con sesenta y cuatro centímetros cuadrados (81,64 m2), ubicadas en la calle N° 09 o 19 de Abril, entre carretera Panamericana y avenida N° 02 o Amadeo Saturno, casa S/N, sector Campo Alegre, municipio Coco.....