DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara: SIN LUGAR la oposición a la medida realizada por LUISA MERCEDES DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.897, en representación de la ciudadana MARIANELLA QUIJADA DAVALILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.837.065, parte demandada; y en consecuencia, SE MANTIENE LA MEDIDA INNOMINADA, decretada por este Tribunal en fecha 26 de febrero del año 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 de la Ley Adjetiva Civil se condena en costas a la parte perdidosa.
PÚBLIQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA y NOTIFIQUESE.-
Dada, Firmada y Sellada en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circ.....