Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 937º del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de los Ciudadanos, GILBERT GREGORIO FIGUEROA LUCENA y MERCEDES MARIA FLORES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V- 20.320.428 y 8.590.404, respectivamente, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, sobre unas bienhechurías que la solicitante fomento sobre un Lote de Terreno Propiedad del INTi; que mide una superficie de NUEVE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (9.456,00 Mts2), con un Area de Construcción de TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTISIETE CENTIMETROS, Ubicado en la Carretera Panamericana entre Callejón Urapal, Quebrada Grande, Comunidad Sabana Larga, Chivacoa, Mu.....