esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad la Ley, emite el siguiente pronunciamiento, DECLARA: Con Lugar la Acción de Amparo presentada por ante la Oficina de Alguacilazgo de esta ciudad, en fecha 22-01-2014, por la ciudadana MARIFLOR ALARCON THOMAS, en su carácter de Imputada, y debidamente asistida por el Abog. Teodoro Martínez, procediendo con el carácter de Defensor Privado; en cuanto a la omisión del juzgado accionado en cuanto al "no permitirle los cinco (05) días determinados en la Ley para poder preparar los alegatos y oponer las excepciones". En consecuencia SE ANULA la decisión de fecha 23/07/2013 en ocasión a la Audiencia Preliminar, ordenándose por consiguiente por este Despacho Superior, de conformidad con el artículo 27 Constitucional, la redistribución de la causa a un Juez distinto al que emitió el fallo cuestionado, retrotrayendo la .....