Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos MANUEL ALEJANDRO OLLARVES MARTINEZ y ANA YOLANDA LONGOBARDI DE OLLARVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 8.511.263 y 8.510.474, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogado MARIA CAMPOS, INPREABOGADO Nº 74.528, por el matrimonio civil contraído, por ante la Coordinación de Registro Civil del municipio San Felipe del estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 165 del año 1.995; en cuanto a su hijo (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), 8 años de edad, nacido el 08 de julio de 1997, según s.....